Banco Central de la República Argentina – Comunicación B 12040 (22/7/2020)
El Banco Central recuerda a las Entidades Bancarias que deben otorgar obligatoriamente asistencia crediticia a empresas que cumplan las siguientes condiciones:
– Cuenten con certificados MiPyMES vigentes.
– Se encuentren comprendidas en el listado confeccionado por el BCRA y la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores.
– Cumplan con los requisitos establecidos para la obtención de la garantía del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR).
El BCRA, a través del sitio https://www3.bcra.gob.ar, puso a disposición de las Entidades Financieras el listado de MiPyMES, sin perjuicio de lo cual las estas Entidades podrán incorporar otras empresas en tanto reúnan los requisitos previstos en las normas sobre “Determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa”.