Se reglamentó (RG AFIP 4667) la MORATORIA establecida a través de la Ley 27541
Aspectos destacados de la MORATORIA:
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Obligaciones vencidas al 30/11/2019.
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Liberación de multas y demás sanciones no firmes ni abonadas.
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Quita de deuda consolidada cuando el capital, las multas firmes e intereses no condonados se cancelen mediante el pago de contado.
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Eximición y/o condonación total de intereses que tengan como origen aportes previsionales adeudados por trabajadores autónomos y un porcentaje de los intereses adeudados por el resto de las obligaciones fiscales.
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Se podrá realizar el acogimiento a partir del 17/02/2020 en hasta 120 cuotas para deudas impositivas y en hasta 60 cuotas para deudas de la seguridad social.
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La MORATORIA va a estar vigente hasta el 30/04/2020 con mayores beneficios para quienes adhieran durante los meses de febrero y marzo.
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Es requisito para adherir a la MORATORIA contar con certificado MiPyME.